InfodemiaMx

falso que sea “delito” poseer figura caricaturizada del presidente de méxico

enero 18, 2023

¡URL copiada!

El 11 de enero de 2023, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó que el uso de la imagen caricaturizada del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, en la propaganda de Morena es una violación electoral.

Ante la noticia internautas de redes sociales publicaron imágenes y texto como el siguiente, para expresar su disgusto: 

"Ahora es un delito tener a un AMLO caricaturizado * * ¡el tribunal electoral ya da pena!"

 

Sin embargo, esto es:

FALSO:

 

DESMENTIDO:

La Sala Superior del Tribunal Electoral precisó en un boletín, que únicamente se condicionará el uso de la caricatura del presidente López Obrador para los partidos políticos que la utilicen como propaganda electoral por vulnerar el principio de equidad en las contiendas electorales; no para el caso de la gente común que posea una caricatura. 

https://www.te.gob.mx/front3/bulletins/detail/4881/0

 

“Derivado del debate en la sesión pública de resolución, la Sala Superior del Tribunal Electoral determinó, con el voto en contra del magistrado José Luis Vargas Valdez y con las ausencias justificadas de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso y del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, que sí hay base constitucional y legal para sancionar la propaganda denunciada en la que se aprecia la imagen caricaturizada de Andrés Manuel López Obrador junto con un mensaje que tuvo como finalidad expresar el apoyo o beneplácito a favor de las seis candidaturas contendientes a una gubernatura postuladas por Morena, ya que el uso de la imagen en caricatura de un servidor público de la más alta investidura que no contiende electoralmente, contraviene el principio constitucional de la equidad en la contienda, así como los principios de imparcialidad y neutralidad, al obtenerse una ventaja indebida en detrimento de la formación de las preferencias electorales de la ciudadanía y de otros partidos políticos, ya que se trata de una infracción a las reglas constitucionales y legales que rigen la propaganda electoral de los partidos políticos”, señaló el TEPJF.